Plazo

En esta página se puede encontrar información sobre el plazo y el procedimiento para presentar la solicitud de Misiones CDTI, incluyendo dónde se tramita, quién debe firmar y qué documentación obligatoria hay que adjuntar para que la solicitud sea válida.

Apertura del plazo
Mayo 2026
Fecha fin
1 Julio 2026

Resumen

El plazo de presentación abre en mayo de 2026 y cierra el 1 de julio de 2026 a las 12:00 (hora peninsular). La solicitud se presenta obligatoriamente online en la sede electrónica del CDTI y requiere registro previo en el sistema de entidades. Antes de enviar nada, cada empresa del consorcio tiene que cumplimentar y firmar electrónicamente sus formularios y declaraciones (con certificado de representante de persona jurídica) y, después, la entidad coordinadora presenta la solicitud completa con firma electrónica cualificada o avanzada. Hay que indicar un email para avisos de notificaciones y mantenerlo actualizado. Al presentar, se autoriza al CDTI a comprobar obligaciones con Hacienda y Seguridad Social (si no se autoriza, toca aportar certificados). La documentación anexa se adjunta en PDF y con un máximo de 6 MB, e incluye, entre otros, la memoria técnica, el acuerdo de agrupación con el contenido mínimo exigido, ofertas y justificantes de subcontratación cuando aplique, acreditación del depósito de cuentas y las declaraciones responsables del anexo correspondiente. Si hay diferencias entre lo que pongas en el formulario y la memoria, manda el formulario, y todo el expediente debe ir en castellano.

Texto oficial «Plazo y forma de presentación de las solicitudes Misiones Ciencia e Innovación CDTI«

Plazo y forma de presentación de las solicitudes

  1. El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará en mayo de 2026 (pendiente fecha) y finalizará el día 1 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

  2. La cumplimentación y presentación de las solicitudes para la obtención de las ayudas deberá realizarse obligatoriamente a través de formularios y los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (https://sede.cdti.gob.es/), lo cual requerirá el registro previo de los solicitantes en el sistema de entidades del CDTI.

  3. Con carácter previo a la presentación de la solicitud de ayuda por el representante de la agrupación, cada socio de la agrupación deberá cumplimentar y firmar electrónicamente los formularios de solicitud y declaraciones responsables correspondientes, indicando sus datos de contacto, las actividades en que participa, su presupuesto y la ayuda solicitada. Esta firma se deberá realizar mediante certificado de representante de persona jurídica.

  4. La presentación de la solicitud de ayuda, las declaraciones responsables y documentación anexa se realizará mediante firma electrónica cualificada y avanzada del representante legal de la entidad coordinadora de la agrupación, basada en un certificado electrónico de representante de persona jurídica de dicha entidad, dentro de los previstos en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  5. De acuerdo con lo previsto en los artículos 32.4 y 34.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos se entenderá acreditada la representación, sin necesidad de aportar documentación adicional, si la firma se ha llevado a cabo con un certificado electrónico cualificado de representante de persona jurídica.

  6. En la solicitud deberá incluirse la dirección de correo electrónico designada a los efectos de recibir avisos de notificaciones electrónicas, comunicaciones y/o requerimientos que se puedan realizar. El interesado se hace responsable de que dispone de acceso a dicha dirección de correo electrónico designada y de su actualización en los términos establecidos en el artículo 43.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

  7. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el CDTI obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias (tanto estatales como, en su caso, de las respectivas Haciendas forales del País Vasco y Navarra) y con la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 22.4 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados correspondientes En caso de que no pueda obtenerse de forma directa la acreditación del cumplimiento de estas obligaciones, se requerirá al solicitante que aporte los certificados correspondientes en el trámite de subsanación. Asimismo, la presentación de la solicitud habilitará a CDTI a consultar en los registros oficiales y otras fuentes de acceso público la información financiera y/o jurídica de los solicitantes o de las solicitudes que, de acuerdo con la presente convocatoria y con la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento.

  8. Las solicitudes se presentarán mediante el formulario electrónico correspondiente, junto con las declaraciones y documentación que se relacionan a continuación (la documentación adicional al formulario se presentará en formato «pdf», y en ningún caso superará 6 Mbytes de información).

a. Memoria técnica del proyecto, con una descripción clara de los objetivos y actividades del proyecto, y el contenido mínimo reflejado en el Anexo II de la presente convocatoria.

b. Acuerdo de agrupación firmado por todos los integrantes de ésta, con el siguiente contenido mínimo:

  • i. La descripción de actividades, asignación de presupuesto a cada actividad y distribución de las actividades y presupuesto entre las empresas del consorcio.
  • ii. Acuerdos de confidencialidad.
  • iii. Propiedad de los resultados, propiedad industrial (en su caso), y divulgación de los resultados.
  • iv. Gestión de la agrupación. Plan de contingencias.
  • v. Entrada en vigor del acuerdo, que en ningún caso podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda en la sede electrónica del CDTI.

c. En el supuesto de que se identifique la entidad a subcontratar en la solicitud y el importe del contrato con dicha entidad supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, deberán aportarse como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, en cuyo caso deberá aportarse la correspondiente memoria justificativa.

d. En el caso de que se subcontraten actividades con entidades vinculadas, solicitud de autorización de dicha subcontratación y declaración responsable de que se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la presente convocatoria.

e. Acreditación del cumplimiento de la obligación de depósito de cuentas al menos hasta el ejercicio 2023 en el registro oficial correspondiente (Registro Mercantil o el que proceda) a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Esta acreditación deberá realizarse mediante nota informativa del Registro Mercantil (o registro oficial correspondiente) donde conste el último depósito contable y el contenido de las situaciones especiales, de existir. En el caso de que la sociedad consolide cuentas en un grupo superior, deberá aportar, adicionalmente, la misma acreditación respecto del depósito de las cuentas consolidadas. Las sociedades cuyas cuentas no figuren depositadas en el Registro Mercantil deberán aportar además las cuentas completas de los dos últimos ejercicios que consten depositados, tanto individuales como consolidadas. La sociedad deberá comunicar, tan pronto como lo conozca, cualquier variación que se produzca en la información anterior que acontezca antes de que se resuelva el expediente.

f. Documentación adicional mediante declaraciones responsables, conforme Anexo IV de la presente convocatoria. Dichas declaraciones estarán incluidas en el formulario de la solicitud.

La lengua del procedimiento será el castellano, por lo que toda la documentación que se aporte al expediente deberá presentarse en castellano.

En el caso de discrepancias entre el contenido introducido en el formulario de la solicitud y el de la memoria técnica del proyecto, prevalecerá la información de la solicitud.

  1. En el caso de discrepancias entre el contenido introducido en el formulario de la solicitud y el de la memoria técnica del proyecto, prevalecerá la información de la solicitud.

  2. La lengua del procedimiento será el castellano, por lo que toda la documentación que se aporte al expediente deberá presentarse en castellano.

Fuente oficial

Este contenido reproduce el apartado de beneficiarios de la convocatoria y su normativa asociada (BOE / Orden CNU/161/2025).